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AutorRespuesta No: 346627
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Marzo de 2014 09:44 2014-03-20 09:44 desde IP: 189.210.253.56
No, el patrón no puede cambiar, unilateralmente, las condiciones de trabajo, de forma tal que si usted ha estado laborando un horario, de lunes a viernes, de las 08:00 a las 17:30 horas, solamente con su consentimiento puede modificarse al turno vespertino, de las 13:00 a las 21:30 horas de lunes a sábado.
Además, el horario que le proponen excede a la jornada legal, ya que pretenden que trabaje un total de 51 horas en jonada mixtas (que abarca parte de la jornada diurna y de la nocturna), cuando dicha jornada no debe exceder de 45 horas.
Pida que le entreguen por escrito el horario que pretenden que labore y la fecha a partir de la cual deberá prestar sus servicios en él, y acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo a poner su queja, a efecto que citen a los represententes legales de la empresa y les adviertan que no pueden cambiarle el horario si usted no está de acuerdo.
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