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  • Consulta : 224787
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 346072

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con los documentos que acrediten que usted labora en esa empresa (contrato de trabajo si lo tiene, o recibos de nómina, pago de salarios, ecétera que demuestre la existencia de esa relación laboral), acuda a la Subdelegación del Seguro Social más cercana a su domicilio y solicite que, de conformidad con lo que señala el artículo 18 de la Ley del Seguro Social lo inscriban oficiosamente como trabajador al servicio dfe dicho patrón.

    "Artículo 18. Los trabajadores tienen el derecho de solicitar al Instituto su inscripción, comunicar las modificaciones de su salario y demás condiciones de trabajo y, en su caso, presentar la documentación que acredite dicha relación, demuestre el período laborado y los salarios percibidos. Lo anterior no libera a los patrones del cumplimiento de sus obligaciones ni les exime de las sanciones y responsabilidades en que hubieran incurrido.
    Asimismo el trabajador por conducto del Instituto podrá realizar los trámites administrativos necesarios para ejercer los derechos derivados de las pensiones establecidas por esta Ley".