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  • Consulta : 223775
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 343211

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si el padre biológico, a través de la prieba pericial en genética acredita serlo, usted no puede hacer nada, ya que su hija tiene el inalienable derecho a la identidad, y ésta conlleva necesariamente el llevar los apellidos paternos del padre biológico, quedar sujeta a la patria potestad y convivir con él, así como al padre le corresponde también cumpplir con sus obligaciones para con la menor y proporcionarle los alimentos que requiera.

    Por otra parte, si usted, a sabiendas que no era el padre biológico de la niña, compareció ante el Registro Civil y la reconoció como su hija, incurripo en un delito contra el estado civil de las personas o la filiación, lo que también podría derivar en una denuncia en contra de usted y la madre de la niña, por parte del verdadero padre de la menor.