Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 223264
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 342477

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    ¿Qué carnicero le hizo su contrato? Es claro que existe causal para rescindir el contrato por incumplimiento del prominente comprador, sin embargo primero debe ponerlo en mora si en el contrato que le hizo su carnicero no señala el domicilio en que se deben realizar los pagos. Pero lo más peligroso es que señaló un mísero 20% del valor del contrato por daños y perjuicios, lo que deja fuera de la demanda el pago de rentas por el tiempo en que se ocupe el inmueble desde la celebración del contrato y la entrega física y jurídica que el Juez ordene en la sentencia definitiva, tiempo que puede superar por mucho el valor total del inmueble y no el veinte por ciento. 

    Usted cuenta con elementos sufucientes para rescindir el contrato de compraventa, pero por la redacción que le hizo su carniecero, es claro que no obtendrá lo que pudiera en derecho obtener. Consulte a un abogado de verdad que le oriente una vez que conozca con más profundidad el asunto, y mucho ojo con cuanto coyote se quiera poner en contacto publicando sus datos personales en cuanta "asesoría" brinde en este foro de orientación gratuita.