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  • Consulta : 222939
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    A usted le correspondía el pago de una liquidación equivalente a 3 meses de salario por indemnización constitucioinal por despido, más 6 días del doble del salario mínimo por concepto de prima de antigüedad; e días de salario por concepto de vacaciones, más el 25% del salario de esos 3 días por la prima vacacional y 7.5 días de salario por concepto de aguinaldo, pero si usted firmpo el recibir los $ 5,000.00 que le entregaron, tenga por seguro que en dicho documento es estipuló que no lo despidieron, sino que usted renunció voluntariamente, y en esas condiciones, no puede ya reclamar al patrón, pues él podrá exhibir ese documento y aducir que no lo despidió.