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  • Consulta : 222491
  • Autor : avina130697
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  • Autor
    Respuesta No: 360345

  • avina130697
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Toda esta operación es a todas luces ilegal y fraudulenta. Un certificado parcelario no es inscribible en el Registro Publico de La propiedad. En todo caso, la Asamblea Ejidal debió autorizar la adopción del Dominio Pleno de las parcelas, a fin de que el Registro Agrario Nacional expida los TITULOS DE PROPIEDAD que posteriormente deben inscribirse en el Registro Publico de la Propiedad y una vez que esto ocurra, entonces ya se realiza la enajenación ante Notario Publico.