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AutorRespuesta No: 360345
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Julio de 2014 00:01 2014-07-20 00:01 desde IP: 201.141.253.42
Toda esta operación es a todas luces ilegal y fraudulenta. Un certificado parcelario no es inscribible en el Registro Publico de La propiedad. En todo caso, la Asamblea Ejidal debió autorizar la adopción del Dominio Pleno de las parcelas, a fin de que el Registro Agrario Nacional expida los TITULOS DE PROPIEDAD que posteriormente deben inscribirse en el Registro Publico de la Propiedad y una vez que esto ocurra, entonces ya se realiza la enajenación ante Notario Publico.
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