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  • Consulta : 220702
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 348479

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Desafortunadamente y derivado de la nueva Jurisprudencia de la Suprema Corta en donde se señala que la CFE no es autoridad, lo único que puede demandar es ante un Juez Federal de Distrito por la vía ordinaria mercantil. No faltará el coyotito o "abogagster" de escuela patito que le diga que procede el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa o Amparo, pero que no lo engañen.