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  • Consulta : 220624
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 356855

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu abogado sabe que hacer... puede iniciar la accion penal de incumplimiento de las obligaciones de asistecia familiar.... y luego la pwrdida de la patria potestad... lo que no significa. en ninguna forma que se le faculta a no ver o dar pension a sus hijos... y... si no lo sabes... el verlos es un derecho... la convivencia es un derecho... si el noquiere verlos... nada y nadie lo puede ob,igar...