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  • Consulta : 219925
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Usted si tiene derecho  la sucesión intestamentaria a bienes de su padre; su madre no, dado que de lo que señala, se infiere se divorció de su padre mucho antes de que éste falleciera; en consecuencia, dejó de ser su esposa, por lo que no tiene ningún derecho a heredarlo.

    Por otra parte, si su padre, después de divorciarse con su madre no volvió a unirse en legítimo matrimonio, ni tuvo otros hijos, a usted se le declarará única y universal heredera de sus bienes.

    Asístase de un abogado especialista en Derecho de Familia, a fin de que presente la denuncia del intestado, acompañando copias certificadas del registro civil relativas al matrimonio y divorcio de sus padres, a su nacimiento y a la defunción de su ascendiente.