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  • Consulta : 219907
  • Autor : LIC AVILA
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  • Autor
    Respuesta No: 338517

  • LIC AVILA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    QUE TAL…

    En cuanto a los derechos relativos al uso y habitación, estos son por naturaleza gratuitos, y son puestos a disposición a través de la expresión de la voluntad del dueño del espacio, en su momento podrán terminar si así lo expresa el dueño. Por otro lado los ingresos de quienes viven ahí no pueden ser “usados” por esta persona, so pena de que sea denunciada por robo por parte de las personas afectadas directamente. Aunque en cierto momento, si ella y su hijo no tienen modo de proveerse de alimentos y se demuestra que le padre no cuenta con los medios, recordemos que la pensión alimenticia es subsidiaria (obliga a otros), por lo que a resultas de un juicio sobre la materia, la chica si puede embargar u obligar al pago de alimentos a los familiares de su hijo. Por ultimo, la guarda y custodia de acuerdo al criterio de la SCJN, es un tema que debe ser abordado de manera integral por el juzgador, quien no tenga la guarda y custodia, le asiste el derecho de visita.

    Para cualquier comentario les dejo mi correo: "lic_avila01">lic_avila01 (guion bajo) o bien comuníquense a la línea 4314-3308. MUCHA SUERTE