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Fecha de respuesta: Martes 28 de Enero de 2014 13:37 2014-01-28 13:37 desde IP: 189.166.57.169
Por ser títulos ejecutivos aparejados con ejecución, lo debes hacer por la vía mercantil, no penal, es necesario que realices un juicio ejecutivo mercantil, y si es necesario que recurras al registro público de la propiedad para ver si hay bienes a su nombre y en el momento del embargo se puedan señalar dichos bienes.
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