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  • Consulta : 218905
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Es correcto que la empresa le deje de pagar a su esposo el salario con motivo de los certificados de incapacidad que le expide el Seguro Social, salvo el caso que en dicha empresa exista un contrato colectivo de trabajo en cuyas cláusulas se establezca que, de encontrarse incapacitado el trabajador, la empresa continuará pagándole el salario como sui estuviera prestando sus servicios.

    La razón es que el artículo 42, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, señala como causa de suspensión temporal de la relación laboral la enfermedad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo, como es el caso de su esposo; ya que aún cuando el infarto lo haya padecido al trasladarse al centro de trabajo, ese padecimiento no está relacionado con las actividades que debía desempeñar, por lo que no se considera, ni accidente de trabajo ni enfermedad profesional.

    Es el Instituto quien asume la responsabilidad de cubfir al trabajador el subsidio que le corresponde durante el tiempo que se encuentre incapacitado por el médico tratante, subsidio que es del 60& del salario diario integrado con que se encuentre registrado.