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AutorRespuesta No: 337752
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Enero de 2014 16:36 2014-01-17 16:36 desde IP: 187.162.210.121
En primer lugar, se le agradece observe las reglas de etuiqueta de este foro.
Escribir con mayúsculas, equivale a GRITAR.
Hecha la anterior aclaración, lo que debe hacer la empresa es contratar a un abogado especialista en Derecho Laboral, a fin de que. debidamente acreditada su personalidadl, comparezca como apoderado jurídico de la persona moral en la fecha y hora señaladas para la celebración de la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, y proceda a contestar la demanda y a oponer las excepciones y defensas que sean procedentes.
Si la empresa pretende que, solamente exhibiendo copia simple del acta de asamblea en donde se designó comisario al demandante, es insuficiente para que sea absuelta de las prestaciones que se le reclaman., y como consecuencia, el laudo los condenará a pagarle los conceptos por los que haya demandado.
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