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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Enero de 2014 11:05 2014-01-17 11:05 desde IP: 187.232.123.121
es un porcentaje, no puede fijar una cantidad en especifico debido a que recordanto del PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD ( A las necesidades del ACREEDOR y a las POSIBILIDADEDES del DEUDOR), la situación economica de las personas puede cambiar día con día, a si mismo tiene 3 meses en los cuales se puede "dispensar" CON CAUSA JUSTIFICADA para no dar alimentos (avisando desde luego) por ejemplo en el caso de QUE SE QUEDE SIN EMPLEO (lo mas común) ahora supongamos que resultan mas hijos o que la madre del SR. ESTE, LE PPROMUEVE ALIMENTOS TAMBIEN el podría ser demandado por alimentos en cualquiera de esas hipotesis y bastaria con prmover un incidente de reducción de pensión para bajarle un poco el porcentaje que usted tiene... espero haber sido claro! saludos.
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