- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 218390
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 337354
-
Fecha de respuesta: Lunes 13 de Enero de 2014 09:40 2014-01-13 09:40 desde IP: 187.162.210.121
Magnífica idea; así, cuando la mujer de a luz, podrá demandarte el reconocimiento de la paternidad, para el efecto que, aunque vivas en Estados Unidos, estés obligado a pagarle una pensión alimenticia al hijo que engendraste con ella, hasta que adquiea la mayoría de edad (18 años), o si sigue estudiante, hasta que concluya su preparación profesional y hasta un año después.
-
Autor