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  • Consulta : 218387
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 337343

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si al momento en que su esposo y usted celebraron su matrimonio civil, él continuaba unido legalmente a otra persona, efectivamente su matrimonio es nulo.

    Sin embargo, la nulidad no opera de pleno derecho, sino que se requiere que previamente se lleve a cabo un juicio, en el que el juez es quien decretará la nulidad, ya wque en taqnto no exista una sentencia ejecutoriada que así lo declare, su matrimonio sigue surtiendo sus efectos legales y subsisten los derechos y obligaciones entre los cónyuges.

    Para ello, debe usted contratar a un abogado especialista en Derecho de Familia, a fin de que presente la demanda de nulidad ante el Juez competente.