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  • Consulta : 218322
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 337316

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, no pueden descontarle el sueldo de dos días por haber incurrido en una inasistencia.

    Lo único que el patrón puede descontarle, además del salario por el día no laborado, es la parte proporcional al séptimo día de descanso, dado que la Ley Federal del Trabajo establece que por cada 6 días trabajados, se tiene derecho a 1 día de descanso, y si en la semana solamente laboró 5 días, su derecho al séptimo día de descanso es proporcional a los trabajados.