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  • Consulta : 217116
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El juicio de concurso civil que le propone el forista que me antecede, sirve lo mismo que el papel sanitario.

    Si usted está pagando su deuda en la medida de sus posibilidades, difícilmente el banco lo demandará, pues prefieren en todo caso, permitir que usted solvente su crédito en la forma que lo hace, que correrse el riesgo de no cobrar.

    Debe usted tener presente que, derivado de la reforma financiera, así como los bancos podrán hacer efectivas las garantías de sus créditos en menor tiempo, también los deudores cuentan con mayores y menores herramientas para valerse de ellas en la defensa de sus intereses.

    Por cuanto que el banco, ante el total impago en que usted pudiera llegar a incurrir (que en este momento no lo ha hecho, con independencia de que solamente esté pagando lo que su economía le permite), bajo ninguna circunstancia podrá trae como consecuencia que usted pueda ser privado de la libertad personal, pues expresamente el artículo 17 constitucional señala que nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter civil.