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  • Consulta : 217111
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 336202

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si en el departamento de Medicina Ocupacional del Seguro Social calificaron su lesión como cnsecuencia de un riesgo de trabajo, ES UN RIESGO DE TRABAJO, y el patrón no puede, ni aun por conducto del departamento legal de la empresa, modificar esa calificación, como tampoco le está permitido que tome represalias en contral del trabajador que se accidento en el desempeño de su trabajo y en horas de servicio.