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AutorRespuesta No: 335844
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Diciembre de 2013 12:10 2013-12-19 12:10 desde IP: 187.162.210.121
Además, si usted a pesar de la orientación que ha recibido, decide registrar nuevamente al menos, compareciendo usted como padre soltera, para que no se haga constar el nombre del padre, estará incurriendo en un delito contra la filiación.
Si el padre reconoció al niño y a pesar de ello no quiere hacerse responsable, asístase de un abogado especialista en Derecho Familiar y demándele el pago de una pensión alimenticia para el niño, o acuda al Miniserio Público y presente la querella en contra del padre por el delito de incumplimiento a las obligaciones familiares y/o alimentarias, ya verá que cuando esté guardado en un centro de reclusión, se hace responsable.
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