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AutorRespuesta No: 334777
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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Diciembre de 2013 15:44 2013-12-09 15:44 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta,le informo.
Sin entrar en ninguna clase de ejemplo, ya que tal situación no disipa su duda, sino que puede producirle mayor confusión, debo señalarle las prestaciones que conforme a la Ley Federal del Trabajo usted tiene derecho a recibir con motivo de la renuncia voluntaria a su empleo.
12 días de salario por cada año de servicios prestados, por concepto de prima de antigüedad, pretaciín que se paga con un salario máximo equivalente a 2 veces el salario mínimo del área geográfica en que usted haya prestado sus servicios; en su caso particular, en el Estado de Guerrero rige el salario correspóndiente al área geográfica "B", salvo el caso de la ciudad de Acapulco, en que rige el salario "A".
Por tanto, si el centro de trabajo se encontraba dentro de los límites territoriales del municipio de Acapulco de Juárez, su prima de antigüedad será de 192 días, que resulta de multiplicar 12 días por 16 años, días que deben de multiplicarse a su vez por el doble del salario mínimo de esa municipalidad ($ 64.76), lo que arroja como cantidad total la suma de $ 24,867.84; más
Vacaciones correspondientes a los 16 años cumplidos, por los que le corresponden 18 días de descanso, más los descansos semanales intermedios, dando un total de 21 días de salario, el que para su pago se considera en que realmente devengaba, y que asciende a $ 242.86, por tanto, por concepto de vacaciones le corresponden $ 5,100.06; más
Prima vacacional, que es el 25% del salario correspondiente a los días de vacaciones a que tiene derecho, por lo que le corresponden $ 1,275.01; más
Aguinaldo proporcional al tiempo laborado en el año 2013; supniendo que usted renuncie el 15 de diciembre, por esta prestaciónn tiene derecho a $ 3,491.07.
Total $ 34,734.00
Adicionalmente, también deberán pagarle los salarios devengados y cualquier otra prestación que reciba por el trabajo que desempeña.
En caso que no le entreguen el finiquito con las prestaciones que legalmente le corresponden, acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en donde le asignarán a un abogado de oficio que, gratuitamente,le brindará la asistencia legal que requiera para demandar el patrón por el pago de lo que legalmente le corresponde.
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