- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 215763
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 334365
-
Fecha de respuesta: Jueves 05 de Diciembre de 2013 21:29 2013-12-05 21:29 desde IP: 187.162.210.121
Puede promover el divorcio necesario invocando como causal la señalada en la fracción XIX. del artículo 267, del Códivo Civil del Estado de Nuevo León, toda vez que al haber transcurrido más de dos años de separación, no se cumplen los fines del matrimonio ni su suegra y el esposo se brindan el apoyo y auda mutua.
-
Autor