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Fecha de respuesta: Martes 03 de Diciembre de 2013 18:54 2013-12-03 18:54 desde IP: 187.162.210.121
Hágale caso a Toca1968, y cuando el agente del Ministerio Público se encuentre intgrando la averiguación previa, se de cuenta que usted es quien, negligentemente ha dejado de acudir a cobrar la pensión alimenticiadurante 3 años, a pesar de estar a su disposición el dinero en el centro de trabajo en que presta sus servicios el padre de la menor, entonces sí consigase a un abogado penalista, porque lo va a nacesitar cuando consignen la indagatoria y ejerciten en su contra la acción penal por los delitos de omisión en que usted ha incurrido.
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