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  • Consulta : 215513
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 334073

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, nopuede demandarlo, ya que si el patrón le ha hecho los descuentos de su salario ordenados por el Juez y es usted quien no ha acudido a cobrar la pensión, por lo que no es responsabilidad del padre de su hija, sino suya, si la menor no ha recibido los recursos económicos que requiere, no sólo para su sostenimento, sino también para su debida atención con motivo de la parálisis cerebral que presenta, y esa omisión en que ha incurrido usted, puede llevar a ser configurativa de un delito por omisión, por lo que podría ser sancionada con una pena de prisión.