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  • Consulta : 215068
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
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    (Resumen de Actividades)

    Si ha cotizado en el ISSSTTE puede ser. Pensión por cesantía en el IMSS hasta que tenga 60 años. Jubilación por tiempo de servicios, solo que sea una prestación en su contrato colwctivo o individual de trabajo.