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  • Consulta : 214560
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 332835

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    15 días de aguinaldo, si labora el año completo; y el 25% del salario de los días que le correspondan de vacaciones, por concepto de prima vacacional.

    Ninguna de las 2 prestaciones se incrementa con la antigüedad.