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  • Consulta : 214487
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 332742

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, en primer lugar, porque para que puede reclamar la guarda y custodia de su hija, primero necesita reconocerla como hija de él ante el Rgistro Civil, y aun en el caso que lo hiciera, ningún juez le concedería esa guarda y custodia, toda vez que la misma, sobre todo tratándose de menores de 12 años, se le concede a la madre.

    Si el padre de la niña no la ha reconocido, y a pesar de ello se la quita, acuda de inmediato ante el agente del Ministerio Público y denúncielo por el delito de sustracción de menores, que el artículo 179, del Código Penal vigente en el Estado de Jalisco sanciona con una pena de 4 a 12 años de prisión.