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  • Consulta : 214038
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 332191

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si la madre no accede a que se hagan las pruebas genéticas a la niña, para determinar si eres tú el padre, no puedes hacer nada.

    Será hasta que la madre, recapacitando en caso que efectivamente esté consciente que tú eres el padre, voluntariamente te pida que comparezcas ante el Registro Civil para que la reconozcas como hija tuya, o bien, en caso que llegado el momento te niegues, te demande el reconocimiento de la paternidad, para que durante el juicio, ofrezca la pericial de ADN con la que se demuestre que tú eres el padre; si con la prueba se demuestra que sí lo eres, el juez, al emitir su sentencia ordenará se hagan las anotaciones en el libro de actas de nacimiento del Registo Civil, para que se haga constar que tú eres el padre, y fijará la pensión alimenticia que debes suministrar a la menor.

    Obviamente, tú también te encuentras en posibilidad de demandar se te reconozca esa paternidad, y ofrecer de tu cuenta la perical de AND, si se demuestra que eres el padre, el juez actuará en la misma forma que señalé en el párrafo anterior.

    En cualquiera de los dos casos, si se demuestra con la prueba que tú no eres el padre, la menor seguirá registrada como hija de madre soltera, y tu no estarás obligado a proporcionar ninguna pensión alimenticia, pues no es tu hija, sino de otra persona.