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AutorRespuesta No: 331929
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Fecha de respuesta: Martes 12 de Noviembre de 2013 18:32 2013-11-12 18:32 desde IP: 187.162.210.121
Si bien es cierto, lo señalado por el Licenciado González es adecuado, con el debido respeto, no es lo recomendable.
Lo que deben hacer usted y su trabajador, es acudir a la Junta Local de conciliación y Arbitraje de su localidad, y solicitar ahí mismo les elaboren un convenio fuera de juicio en el que, el trabajador, expresamente hace constar que renuncia al trabajo y usted, en compensanción por los servicios que le prestó, le hace entrega de la cantidad de dinero convenida.
Lo anterior, porque no debe pasarse por alto que toda liquidación y/o finiquito, para que sea válida, debe ser sancionada y abrobada por las autoridades laborales, una vez que constante que en ella no existe renuncia alguna a los derechos laborales del trabajador.
Por otra parte, si el trabajador le firma la renuncia y usted le entrega la cantidad que acordaron, pero él continúa laborando, entonces no existe ninguna terminación de la relación de trabajo entre las partes; en todo caso, habrá una modificación de las condiciones bajo las cuales el empleado le seguirá prestando su servicio directo, personal y subordinado; en tal caso, la renuncia será nula, ya que a través de ella, el trabajador estará renunciando a su antigüedad en el trabajo y las consecuencias que ésta genera, por ejemplo, en cuanto al número de días de vacaciones a que tiene derecho, o el pago de la prima de antigüedad.
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