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  • Consulta : 212711
  • Autor : abodgo
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  • Autor
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  • abodgo
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    tienen que ser recientes, es decir tener treinta semanas cotizadas dentro de los doce meses anteriores al inicio de la incapacidad, así es que haz tus cuentas de cuando volviste a cotizar y en relación a cuanto tienes de embarazo ver si alcanzarias las 30 semanas antes de que te incapacites, pero de cualquier manera si no las completaras si bien el seguro no tendría que pagarte, la obligación la tendrá directamente tu patrón, tu no dejaras de percibir tu salario integro.