Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 212245
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 330378

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Que su esposo acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, a fin de que le asignen a un abogado de oficio que demande del patrón el pago de la parte proporcional de aguinaldo.

    Es falso que por el hecho que la patronal sea una cooperativa, no esté obligada a pagar el aguinaldo; en cuanto al reparto de utilidades, el mismo abogado que le asignen analizará la posibilidad de demandar también y por separado, una vez que cuente con la información relativa a las utilidades que hubiera obtenido la cooperativa, el pago de la participación de las utilidades correspondientes al ejercicio fiscal 2012, y posteriormente, las del 2013.