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  • Consulta : 212177
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 330280

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    cuando renuncias.. a lo que renuncias es a la liquidación... solo te corresponde finiquito.. partes proporcionales de aguinaldo... vacaciones y prima vacacional... del 2013... no tienes. derecho a la indemnización constitucional de 90 días ni a la prima de antigüedad... tienes derecho al finiquito... pero si pasa un año... te prescribe el derecho a pedirlo legalmente....