- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 212177
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 76 %
- : 23 %
-
AutorRespuesta No: 330280
-
Fecha de respuesta: Sábado 26 de Octubre de 2013 18:17 2013-10-26 18:17 desde IP: 177.227.127.148
cuando renuncias.. a lo que renuncias es a la liquidación... solo te corresponde finiquito.. partes proporcionales de aguinaldo... vacaciones y prima vacacional... del 2013... no tienes. derecho a la indemnización constitucional de 90 días ni a la prima de antigüedad... tienes derecho al finiquito... pero si pasa un año... te prescribe el derecho a pedirlo legalmente....
-
Autor