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  • Consulta : 211733
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 329871

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Considerando su antigüedad en el empleo, usted tiene derecho a las siguientes prestaciones:

    12 días de salario por cada año de servicios prestados, por concepto de prima de antigüedad (186.7 días); prestación que se paga con un salario máximo equivalente a dos veces el salario mínimo del área geográfica en que se ubica el centro de trabajo ($ 64.76 por 2, igual a $ 129.52) $ 24,181.85

    Vacaciones propoprcionales a los seis meses laborados a partir del cumplimiento de los 15 años de antigüedad (9 días) $ 3,720.00:

    Prima de vacaciones $ 930.00

    Parte proporcional de aguinaldo 2013 (12.5 días por 10 meses laborados) $ $ 5,166.67

    TOTAL$ 33,998.52

    Lo anterior, debido a que es usted quien decide dar por terminada unilateralmente la relación laboral, por lo que no existe ninguna responsabilidad del patrón de pagar distintas prestaciones a las ya señaladas, con la aclaración que el cálculo está basado en las contenidas en la Ley Federal del Trabajo; si en la empresa tienen prestaciones superiores, se consideran las que se estipulen en el Contrato Coectivo de Tranajo.

    Y no existe el prefiniquito, por lo que el patrón no está obligada a pagar cantidad alguna a cuenta del que pudiera corresponderle en un fotoru, si llegara a renunciar posteriormente.