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AutorRespuesta No: 329828
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Octubre de 2013 16:44 2013-10-21 16:44 desde IP: 189.135.122.195
Eso no es verdad, para poder vender, el ejidatario primero debe tener el dominio pleno de su tierra, lo cual solamente la Asamble a de ejidatarios puede autorizar, los terrenos ejidales NO son susceptibles de venta, sin embargo, indebidamente en nuestro país esta práctica se ha hecho común, acude al Registro Agrario Nacional o a la SRA, las oficinas aún funcionan.
Saludos.
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