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  • Consulta : 211432
  • Autor : Lic.DiegoGonzalez
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  • Autor
    Respuesta No: 337494

  • Lic.DiegoGonzalez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buen día; mira lic. ya pasé por esas andanzas como las que te aquejan, una vez obtuvimos un laudo condenatorio en contra de una escuela, y ésta se declaró en liquidación, no cambió de nombre ni nada, pero en el R.P. aparecía el aviso de la liquidación, no tenia a su nombre los terrenos donde estaba la escuela, eran rentados, en fin un desastre, mas frutrante aún porque si sabíamos de ellos pero habian "enterrado al muertito", entonces, a decir verdad se liquidó al trabajador hacieno un convenio en donde se les condonó buena parte de la condena, pero ello fue el resultado de interponer un denuncia penal en contra de los socios, el M.P. los localizó los presentó y los presionó de tal manera que llegaron al convenio, así es que antes que sea tarde te recomendaría que denunciaras el fraude en perjuicio de acreedores que están configurando contra tu cliente, y me da mucha pena decirtelo o recomendartelo, pero planteale las cosas como son al M.P. y ponte de acuerdo con él, para que cuando cobren pues..... me entiendes????

     El M.P. como autoridad tendrá la facilidad de girar todos los oficios ncesarios para encontrar y ponerte a los socios o ex-dueños, y si no lo haces rapido se pueden esconder mejor.