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  • Consulta : 211432
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En el domicilio en que se encontraba constituida la persona moral demandada, existe algún otro establecimiento que se encuentre en operación?

    Es frecuente que en asuntos laborales de cuantías considerables, las empresas, tratando de eludir el cumplimiento del laudo, inician la liquidación de la empresa con la razón social condenada, pero simultáneamente constituyen una nueva persona moral, e inclusive, tienen como asiento de sus negocios el mismo domicilio, cuenta con el mismo equipo y mobiliario y los trabajadores a su servicio son los mismos que la que entró en liquidación.

    Si es el caso, puede empezar también a investigar, una vez que conozca la nueva razón social, en el Instituto Mexicano del Seguro Social para que, mediante oficio que dirija la autoridad laboral, les informe el número de registro patronal y los trabajadores que tienen o tuvieron inscritos ambas sociedades mercantiles; asimismo, es factible que la Junta Especial que conoce del juicio, a petición suya gire oficios a la Comisión Federal de Electricidad, Teléfonos de México u otras compañías que presten servicios de telefonía local, el organismo público descentralizado encargado del suministro de agua potable u otras dependencias que cuenten con bases de datos que incluyan el domicilio de las personas a quiernes se los proporcionan, para que en caso que en sus registros cuenten con el domicilio de la razón social demandada, lo hagan del conocimiento del tribunal del trabajo.

    De esa forma, si tiene forma de contar con el nuevo domicilio al que haya cambiado las instalaciones, podrá ejecutar ahí el laudo, o si cambió de denominación, inicie el incidente dee sustitución patronal.

    Dado que la información que proporciona es escasa, es todo lo que podría sugerirle.