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AutorRespuesta No: 328683
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Octubre de 2013 22:32 2013-10-10 22:32 desde IP: 187.233.180.107
No se entiende muy bien su consulta, si las facturas se encuentran vencidas de pago, se procede a demandar por vía ordianria mercantil, si es posible demande, como comentario es importante hacerle saber que hasta que no exista una sentencia condenatoria, no será posible el embargo de bienes, por lo que la ejeución de la sentencia es hasta el final del juicio, necesitamos mayor información..
Estamos a sus órdenes,
Lic. Nadia Martínez.
defensacontenciosaprofesional.webs. c o m
Móvil 5554949838.
Juan de Dios Arias No. 81,
Colonia Ampliación Asturias, Cuauhtémoc,
México, D.F.
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