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AutorRespuesta No: 327375
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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Septiembre de 2013 17:45 2013-09-30 17:45 desde IP: 187.162.210.121
No, usted no puede demandar el saneamiento por evicción, ya que no ha perdido la propiedad que compró; solamente puede demandar el saneamiento por esos vicios ocultos, y eso debe hacerlo antes de que transcurra 1 año, contado a partir de la feha de la entrega de la casa.
Dependiendo de la gravedad de esos vicios ocultos, podrá demandar la rescisión del contrato de compra-venta y el pago de los gastos que hizo para repararlos, en caso que los defectos hagan impropia la casa para ser destinada a casa habitación, o que disminuyan de tal modo ese uso, que de haberlo conocido usted hubiera pagado un menor precio; o bien, puede demandar que se le rebaje una cantidad proporcionada de los vicios, del precio de la casa.
Debe asistirse de un abogado especialista en materia civil, no un estudiante o pasante, y menos un coyote o tinterillo; en caso que desee que alguno de los abogados del Foro le brinde esa asistencia legal, en la página superior de esta página vivnen varias pesatñas, busque la que dice "Directorio", seleccione el de los abogados, y en la relación de los profesionales del Derecho del Estado de México, vea quienes se encuentran registrados, e ingreso a su oficina virtual en donde podrá ver, en muchos casos, información relativa a su domicilio profesional y/o teléfono o correo electrónico.
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