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  • Consulta : 209410
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si la firma no procede del puño y letra de la persona a quien se atribuye y usted le exige el pago del pagaré, va a perder el juicio y lo condenarán al pago de los gastos y costas que se originen con su tramitación.

    Sin embargo, solamente un perito en grafoscopía podrá decir, una vez que lleve a cabo los estudios técnicos y científicos de la firma, si procede o no del puño y letra de la persona, pues es frecuente que algunas gentes, dolosamente, tratan de modificar su firma o la estampan distinta a la que generalmente usan en sus asuntos personales, buscando de esa forma evitar el pago de una obligación cambiaria; pese a llo, el perito no se basta en la apariencia, sino en una serie de indicios que resultan ser producto de movimientos involuntarios en la escritura de una persona, que no pueden ser disimulados ante los ojos de un experto.