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  • Consulta : 209154
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 326755

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


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    La policitación, oferta de venta al público o declaración unilateral de la voluntad, está regulado del artículo 1860 al 1881 del Código Civil Federal y los mismos para el Código Civil del D.F.