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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Septiembre de 2013 10:08 2013-09-20 10:08 desde IP: 187.172.138.72
Solo mencionar el periodo de conservacion de derechos es por una cuarta parte del tiempo cotizado a partir de la fecha de la baja. Si no esta en conservacion de derechos sera necesario que cotize 52 semanas para recuperarlos. Si aun esta vigente pero a los 60 no estaria vigente le recomendaria inscribirse en la continuacion voluntaria del regimen obligatorio con un salario alto.
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