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Tradicional Foro de consultas
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AutorRespuesta No: 326155
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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Septiembre de 2013 10:15 2013-09-18 10:15 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consultas, le informo.
Respecto su primer pregunta, el hecho que hayan solicitado y obtenido un crédito conyugal del Infonavit para adquirir la casa, no prueba en forma alguna que vivan juntos; solamente demuestra que los dos dos obligados a pagarlo.
Por lo que hace a la segunda pregunta, si su cónyuge no le informó de la entrega de la casa, tampoco incurrió en ninguna falta, toda vez que la entrega del inmueble se le hizo en su calidad de coacreditado-
Lo que debe hacer, en caso que no haya transcurrido el término legal para contestar la demanda, es asistirse de un abogado especializado en materia familiar, para que proceda a hacerlo y oponga las excepciones y defensas legales que pudiera hacer valer, pero definitivamente, tendrá que demostrar que no han transcurrido más de dos años desde que se separaron para que la acción de divorcio ejercitada por su esposa no prospere.
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