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  • Consulta : 208131
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 325873

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No es necesario que usted renuncie a la custodia; generalmente, los Códigos Civiles de los Estados de la República establecen que la guarda y custodia de los menores de doce años, debe tenerla la madre, y sólo que esta ejecute acciones tendentes a corromper al hijo u otras conductas de igual gravedad, podrá quitársele de esa custodia para darla al padre.