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AutorRespuesta No: 325471
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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Septiembre de 2013 16:49 2013-09-09 16:49 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
La pena de prisión impuesta a una persona en sentencia ejecutoriada, solamente prudoce la suspensión de los derechos civiles de: tutela, curatela, ser apoderado, defensor, albacea, perito, depositario o interventor judicial, síndico o interventor de quiebras, árbitro, arbitador o representante de ausentes.
Como usted podrá observar, esa suspensión de derechos civiles no tiene el alcance de impedir que una persona que es demandada, ejerza su derecho constitucional de tutela jurisdiccional y pueda contestarla en tiempo y forma, lo cual, inclusive, puede hacer a través de un defensor de oficio, quien está obligado a proporcionarle toda la orientación y asistencia jurídica que necesite.
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