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  • Consulta : 207905
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 325471

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    La pena de prisión impuesta a una persona en sentencia ejecutoriada, solamente prudoce la suspensión de los derechos civiles de: tutela, curatela, ser apoderado, defensor, albacea, perito, depositario o interventor judicial, síndico o interventor de quiebras, árbitro, arbitador o representante de ausentes.

    Como usted podrá observar, esa suspensión de derechos civiles no tiene el alcance de impedir que una persona que es demandada, ejerza su derecho constitucional de tutela jurisdiccional y pueda contestarla en tiempo y forma, lo cual, inclusive, puede hacer a través de un defensor de oficio, quien está obligado a proporcionarle toda la orientación y asistencia jurídica que necesite.