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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Septiembre de 2013 05:47 2013-09-05 05:47 desde IP: 187.201.98.207
jurius_joe:
¿¡¿Cuando usted menciona "aquí en Internet" se refiere a amparos directos o a indirectos?!?¿¡¿La sentencia que usted menciona ya es cosa juzgada o todavía debe apelarse para cumplir econel requisito de la definitividad del acto reclamado?!?
Pero en todo caso usted debe hacer caso a lo que dice la Ley de Amparo, no a lo que anónimamente "se dice en internet".
Y le hago notar que la demanda de amparo debe estar dirigida al Tribunal Colegiado que corresponda, pero que el original de la misma y sus copias de Ley se presenta como anexo de una promoción dirigida al tribunal autoridad responsable. ...
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