- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 207360
- Autor : ABOMAU68
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 2423
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 324994
-
Fecha de respuesta: Lunes 02 de Septiembre de 2013 21:15 2013-09-02 21:15 desde IP: 201.141.232.42
javierrdz1521_NR
Debe asistisrse de abogado de su confianza para dar la debida contestacion a la demanda y oponer las defensas y excepciones adecuadas a su situacion, el dia de la audiencia puede proponer usted y si esta de acuerdo la parte actora (arrendador) la celebracion de un convenio judicial de pago, mediante el cual usted se obligue a pagar el monto adeudado y posterioemnte la entrega y desocupacion del inmueble dado en arrendamiento, no deje de contestar la demanda.
-
Autor