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  • Consulta : 205007
  • Autor : lgbeltran
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    Respuesta No: 323123

  • lgbeltran
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Una vez vencido el documento (pagare) tienes 3 años para demandarlo por la via ejecutiva mercantil. en esta via puedes embargar desde el emplazamiento. (al principio del juicio, para asegurar el pago) no importa de donde vengan los pagares debido a que son documentos autonomos. Te recomiendo que busques a un abogado o estudiante dispuesto a litigarte el asunto y que cobre conforme a recuperacion.. estas a tiempo. y puedes cobrar los intereses moratorios a razon del 10% que comentas.. 

     

    Saludos