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AutorRespuesta No: 322534
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Julio de 2013 20:42 2013-07-30 20:42 desde IP: 201.141.126.177
Primero deben iniciar un indicente de liquidación de gastos y costas del juicio, incidente en el que Usted podrá alegar lo que a su derecho corresponda, una vez concluido y se establezca una cantidad líquida a pagar le darán un término de cinco días para pagar voluntariamente, de no hacerlo le podrán embargar bienes que garanticen la cantidad a la que se le condenó.
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