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  • Consulta : 204242
  • Autor : ABOMAU68
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    Respuesta No: 322170

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Puede responder de la obligacion (PAGO DE RENTAS) cualquiera de los arrendatarios. Tal y como lo señala la siguiente Tesis Aislada. 

    CONTRATOS. LA CONJUNCIÓN "Y/O". SU USO EN LOS CONTRATOS IMPLICA SOLIDARIDAD O MANCOMUNIDAD EN LAS OBLIGACIONES, SEGÚN PREVALEZCA LA "Y" O LA "O" COMO RESULTADO DE LA INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA DE LAS CLÁUSULAS. Si en un contrato las partes hacen valer la expresión "y/o" para designar personas, cosas, derechos u obligaciones, se debe atender a la naturaleza de lo pactado a efecto de advertir la verdadera intención de las partes al contratar; así, de prevalecer la conjunción "o", se debe entender la existencia de solidaridad en la obligación, en donde todos o cualquiera de los obligados están constreñidos a dar cumplimiento a la totalidad de ella y a su vez, el cumplimiento de la obligación se puede exigir a todos o a cualquiera de los obligados. Por otra parte, si lo que prevalece es la conjunción "y", se estará frente a una mancomunidad, supuesto en el que la obligación se entiende dividida en tantos sujetos cuantos se hayan obligado y cada uno de ellos responde en la porción que le toca. Por ejemplo, en el caso de un contrato de arrendamiento, en el que se estipuló mediante la conjunción "y/o" que los arrendatarios asumirían las obligaciones derivadas de tal acuerdo de voluntades, debe entenderse en el sentido de que la obligación es solidaria y lo que prevalece es la conjunción "o", pues cualquiera de ellos responderá por el total de la obligación.
     
    TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
     
    I.3o.C.772 C
     
    Amparo directo 355/2009. Leticia Yolanda Santillán Islas. 20 de agosto de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Francisco Mota Cienfuegos. Secretario: Erick Fernando Cano Figueroa.
     
    Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca. Tomo XXX, Diciembre de 2009. Pág. 1507. Tesis Aislada.