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AutorRespuesta No: 321659
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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Julio de 2013 17:24 2013-07-19 17:24 desde IP: 187.131.205.232
Deberá continuar la etapa de ejecución de sentencia.
Ante el fallecimiento del deudor, es necesario obtener la designación de un Albacea Provisional que represente los intereses de la sucesión del deudor en el juicio ejecutivo mercantil.
Una vez notificado dicho Albacea sobre la continuación del juicio ejecutivo, se deberá acreditar ante el Juez que el inmueble embargado fue vendido a efecto de que se le autorice una ampliación de embargo en bienes de la Sucesión.
Pero si su abogado no fue diligente en constituir debidamente el embargo, quizá lo primero y más útil es contratar un abogado competente y capaz, no coyote y no tinterillo.
No olvide que, en todo caso, a Usted corresponde analizar el costo-beneficio de todo lo anterior.
Saludos.
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